miércoles, 15 de julio de 2009

Firma Digital

La firma digital es un conjunto de datos asociados a un mensaje que permite asegurar la identidad del firmante y la integridad del mensaje.
Funciona aplicando una función matemática a un documento electrónico, cuyo resultado es una única cadena de bits llamada "digesto del mensaje". Dicho digesto es encriptado usando la clave privada del emisor y el resultado es anexado al documento electrónico.
La utilización de la firma digital permite realizar transacciones a distancia y procedimientos donde las personas que intervienen no se encuentran cara a cara, posibilitando firmar documentos o contratos por medio de una computadora.

También posee clave:
Clave Privada: se almacena en el sofware (navegador-cliente de correo) o dispositivo criptográfico. Debe mantenerse en secreto.
Clave Pública: debe distribuirse a los corresponsales para posibilitar su verificación. Esto se realiza a través de un Sitio Web, "ac.scba.gov.ar", por medio de certificados digitales de claves públicas.
Son los utilizados para bloquear intentos de sustitución de una clave por otra.
Un certificado digital contiene los siguientes campos:

a- Versión, b-Nº de serie, c-Identificador de algoritmo, d-Autoridad de certificación, e-Período de validez, f-Usuario, g-Clave pública de usuario, h-Firma.

La firma digital tiene el mismo valor que una firma hológrafa, siempre que se trate de documentos o trámites internos de la Administración Pública Nacional, es decir que no involucre el derecho de terceros.
La infraestructura de firma digital es la combinación de sofware, tecnologías de encriptación, y servicios que posibilitan a las empresas u organismos otorgar seguridad a sus comunicaciones y transacciones por internet.
Existe la Ley 25.506 promulgada por el Ejecutivo Nacional el 11 de Diciembre de 2.001 la cual dio por autorizado el uso de la misma.

Los Decretos que se dictaron con anterioridad a dicha ley fueron los siguientes:

a- Resolución Nº 45/97
b- Decreto Nº 427/98
c- Resolución Nº 194/98 SFP
d- Resolución Nº 212/98 SFP

Podemos citar a ANSES como uno de los Organismos Nacionales de la Administración Pública que está utilizando este recurso, pero siempre bajo los requisitos que establece la ley 25.506, de esta forma se agilizan:

a-los documentos que requieran la firama de un funcionario de ANSES al encontrarse ditalizada en los sitemas informáticos.

b-que el ciudadano pueda realizar trámites desde su hogar.


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